¿Necesitan los propietarios extranjeros un testamento español para una propiedad en la Costa Cálida? La ley no les obliga a tenerlo, pero casi todos los propietarios extranjeros deberían hacer un testamento español sencillo que abarque únicamente sus bienes en España. Suele costar entre 100 y 300 € en honorarios de notaría y registro, más la traducción, y ahorra a sus herederos meses de demora, gastos legales adicionales y el quebradero de cabeza de traducir y apostillar un testamento extranjero. Un testamento español otorgado ante notario encaja directamente en el procedimiento sucesorio español y evita que la vivienda que posee en la costa murciana tenga que tramitarse mediante un lento procedimiento transfronterizo.
Esta guía está dirigida a compradores y propietarios de la Costa Blanca, la Costa Cálida, la Costa del Sol y la Costa Almería, con cifras y ejemplos basados en Murcia (Costa Cálida). Explica cómo interactúan las normas sucesorias de la UE (Bruselas IV) con la ley de su país de origen, qué cubre y qué no cubre el testamento notarial, y cuánto cuesta realmente en 2026.
Un testamento español (testamento) es un documento breve que se firma ante un notario español y que regula cómo se transmiten sus bienes en España al fallecer. Para la mayoría de los propietarios extranjeros se trata de un testamento simple limitado a los bienes situados en España, normalmente la vivienda y una cuenta bancaria española. Para todo lo demás se mantiene un testamento aparte en su país de origen.
Sin un testamento español, sus herederos deben presentar su testamento extranjero, hacerlo traducir por un traductor jurado, apostillarlo conforme al Convenio de La Haya y tramitarlo mediante un procedimiento más largo antes de poder inscribir la propiedad de la Costa Cálida a su nombre. Un testamento español elimina todo eso: el notario ya custodia el original y lo inscribe en el Registro General de Actos de Última Voluntad (el registro central de testamentos), de modo que sus herederos solo tienen que solicitar un certificado y continuar con los trámites.
Un testamento no reduce el impuesto de sucesiones que deba pagarse, un asunto aparte que tratamos en nuestra guía del impuesto de sucesiones para propietarios de inmuebles en España. El testamento determina quién hereda y con qué fluidez; el impuesto depende de la comunidad autónoma y del parentesco entre usted y su heredero.
Según el Reglamento de Sucesiones de la UE, el Reglamento (UE) 650/2012, conocido popularmente como "Bruselas IV", la ley que rige por defecto su herencia es la del país en el que tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento. Lo más importante es que el reglamento le permite elegir formalmente la ley de su nacionalidad, y esa elección debe constar expresamente en su testamento.
Esto es relevante porque el derecho sucesorio español contempla la legítima (forced heirship): una parte fija debe corresponder a sus hijos, lo que limita la libertad para disponer de su patrimonio. Muchos compradores británicos, irlandeses y de otras nacionalidades no lo desean, por ejemplo porque prefieren dejarlo todo a su cónyuge. Al elegir en un testamento español la ley de su nacionalidad, normalmente podrá aplicar la libertad de disposición que permite su ley de origen.
Tenga en cuenta que el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca no se adhirieron a Bruselas IV, pero España sigue aplicando el reglamento a las herencias que se tramitan aquí, por lo que los propietarios británicos e irlandeses pueden hacer, y de hecho hacen habitualmente, la elección de su ley nacional en su testamento español. Es justo el tipo de cláusula que redacta un abogado español: si se hace mal, sus hijos podrían reclamar su parte legal en contra de su voluntad.
Si usted es residente fiscal en España (consulte nuestra guía de la regla de los 183 días) y no realiza ninguna elección, Bruselas IV aplica por defecto el derecho sucesorio español, incluida la legítima. Para un residente de larga duración en la Costa Cálida con hijos, el resultado puede ser muy distinto del que pretendía, otra razón más para dejar la elección por escrito.
Un testamento español limitado a los bienes en España es una de las gestiones de planificación patrimonial más económicas que hará jamás. Los honorarios notariales de un testamento sencillo son moderados y están regulados; los costes variables más importantes son la traducción jurada y los honorarios de un abogado para la redacción, si recurre a uno (recomendable para la cláusula de elección de ley).
| Concepto | Coste habitual en 2026 | Notas |
|---|---|---|
| Honorarios notariales (testamento abierto) | ~40-80 € | Regulados; una versión bilingüe puede costar algo más |
| Inscripción en el registro central de testamentos | Incluida / simbólica | El notario lo comunica al Registro de Actos de Última Voluntad |
| Traducción jurada (si no lee español) | ~50-120 € | Necesaria para que entienda lo que firma |
| Redacción por abogado + cláusula de elección de ley | ~100-250 € + IVA | Opcional, pero muy recomendable para propietarios extranjeros |
| Total realista, todo incluido | ~150-450 € | Por persona; las parejas suelen hacer uno cada uno |
Compárelo con el coste y la demora de tramitar un testamento extranjero en el sistema español tras el fallecimiento: traducción, apostilla, mayores honorarios legales y, a menudo, varios meses adicionales. Un testamento español es un seguro barato.
El proceso es rápido y casi siempre se resuelve en una sola cita. Necesitará su NIE (consulte nuestra guía NIF vs NIE), su pasaporte y los datos de los herederos que desee nombrar.
Muchos propietarios firman su testamento español en el mismo viaje en el que compran la vivienda. Es un complemento natural de la firma de la escritura el día de la compraventa: mismo notario, mismo traductor y una cita breve más.
Sí. Un único testamento español puede abarcar todos sus bienes situados en España, tanto si su vivienda está en la Costa Cálida, la Costa Blanca, la Costa del Sol o la Costa Almería. El testamento regula la sucesión; en cambio, el impuesto a pagar varía mucho según la comunidad autónoma, porque el impuesto de sucesiones y donaciones está cedido a las regiones.
Murcia (Costa Cálida), la Comunidad Valenciana (Costa Blanca) y Andalucía (Costa del Sol y Costa Almería) aplican cada una sus propias reducciones y bonificaciones para familiares cercanos. Esa es una razón para contar con un abogado local: el testamento sigue el mismo marco en todas las regiones, pero la planificación del impuesto de sucesiones que lo rodea es específica de cada una. Si tiene propiedades en más de una región, un solo testamento español sigue siendo suficiente.
En el momento de redactar este artículo (noviembre de 2026), Mediter Real Estate tiene 9.379 propiedades en venta en la Costa Blanca Sur, la Costa Blanca Norte, la Costa Cálida, la Costa del Sol, la Costa de Almería y Mallorca. Una gran parte las compran propietarios no residentes que tienen un único bien en España: su vivienda en la costa. Para ese perfil, el testamento español limitado a los bienes en España es justo la herramienta adecuada: barato, rápido de firmar y evita que la vivienda de la siguiente generación acabe en un prolongado procedimiento transfronterizo. Si todavía está en la fase de compra, nuestra guía para compradores no residentes y la nota sobre comprar a título conjunto o a través de una sociedad merecen una lectura previa, porque la forma en que adquiere la titularidad influye en cómo se transmite después.
| Factor | Testamento español (solo bienes en España) | Solo testamento extranjero |
|---|---|---|
| Coste de otorgamiento | ~150-450 € una sola vez | Nada adicional ahora |
| Coste y esfuerzo para los herederos | Bajo, certificado del registro de testamentos | Traducción + apostilla + más trabajo legal |
| Plazo para transmitir la propiedad | Más rápido | A menudo varios meses más |
| Elección de la ley nacional (Bruselas IV) | Constancia clara en español | Puede requerir prueba adicional |
| Riesgo de conflicto entre testamentos | Bajo si se redacta para cubrir solo los bienes en España | N/A |
La única trampa que conviene evitar: que un testamento español revoque sin querer el testamento de su país de origen, o que este anule el español. Ambos deben indicar claramente que cubren solo los bienes situados en su respectivo país; su abogado se ocupa de ello.
No. Puede utilizarse un testamento extranjero válido, pero debe traducirse, apostillarse y tramitarse en el sistema español, lo que resulta más lento y costoso para sus herederos. El testamento español es opcional, pero muy recomendable.
No. El testamento decide quién hereda y facilita el proceso; el impuesto lo fija por separado la comunidad autónoma (Murcia, Valencia o Andalucía) y depende del parentesco del heredero con usted. Consulte nuestra guía del impuesto de sucesiones para ver el detalle regional.
Normalmente sí, si en el testamento elige la ley de su nacionalidad conforme a Bruselas IV (Reglamento (UE) 650/2012). Sin esa elección, las normas españolas sobre la legítima pueden reservar una parte fija a sus hijos.
Sí. La ley española no permite el testamento mancomunado en la mayoría de los casos, por lo que una pareja suele firmar un testamento cada uno, a menudo de contenido similar, en la misma cita notarial.
El notario conserva el original y lo inscribe en el Registro General de Actos de Última Voluntad (registro central de testamentos) de Madrid. Sus herederos obtienen un certificado de ese registro que acredita la existencia del testamento y les indica el notario.
No necesariamente. Un testamento redactado para abarcar todos sus bienes "situados en España" incluye automáticamente las compras posteriores. Revíselo si cambian sus herederos o sus deseos.
¿Va a comprar en la Costa Cálida, la Costa Blanca, la Costa del Sol o la Costa Almería y quiere tener la documentación en regla desde el primer día, incluido un testamento español junto con la compraventa? Mediter Real Estate acompaña a compradores internacionales durante todo el proceso y puede recomendarle notarios y abogados locales de confianza. Contacte con nuestro equipo o escriba a info@mediter.com y cuéntenos qué está buscando.
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