España es uno de los pocos países europeos que aplica un impuesto sobre el patrimonio (Impuesto sobre el Patrimonio) sobre los activos netos de las personas. Si posee una propiedad en España — como residente o no residente — este impuesto podría afectarle.
Residentes fiscales: tributan por activos mundiales con una exención de €700.000 y €300.000 adicionales por vivienda habitual. No residentes: solo tributan por activos en España, sin deducción por vivienda habitual.
Madrid y Andalucía (incluyendo Costa del Sol y Costa de Almería) ofrecen una bonificación del 100%, lo que significa cero impuesto sobre el patrimonio para residentes.
Cataluña: umbral más bajo de €500.000, tipos hasta 2,75%. Comunidad Valenciana (Costa Blanca): exención estándar de €700.000, tipos progresivos del 0,2% al 3,5%. Región de Murcia (Costa Cálida): tipos estándar nacionales.
El gobierno español introdujo el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas para patrimonios netos superiores a €3.000.000. Tipos: 1,7% hasta €5,3M, 2,1% hasta €10,7M, 3,5% por encima. Aplica a residentes y no residentes.
Para la mayoría de compradores en la Costa Blanca, Costa Cálida, Costa del Sol y Costa de Almería, la exención de €700.000 significa que el impuesto no se aplica. Para patrimonios mayores, la elección regional y una estructuración adecuada pueden reducir significativamente la carga.
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